
¿Alguna vez te pasó que suena el teléfono y, al contestar, no es una emergencia ni un mensaje importante, sino una oferta que nunca pediste? A pesar de existir desde 2017 el Registro Nacional “No Molestar” —una herramienta pensada para proteger a las personas usuarias de la publicidad invasiva—, muchas personas siguen recibiendo mensajes y llamadas no deseadas.
En el 2024, un fallo de la Corte Suprema de Justicia, que confirma una sanción de SEDECO (Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario) contra la empresa Claro por contactar a usuarios registrados en el sistema, abre la puerta a una discusión más profunda. A partir de este caso, desarrollamos el artículo «El caso Claro, SEDECO y la Ley ‘No Molestar’: un hito judicial, derechos digitales y publicidad invasiva en Paraguay» elaborado por Antonia Bogado.
Desde TEDIC nos preguntamos: ¿está funcionando realmente este registro? ¿Qué otras medidas necesitamos para que nuestras decisiones —como no querer recibir publicidad— sean respetadas? ¿Qué pasa con nuestros datos personales? ¿Quién regula los nuevos tipos de publicidad en el entorno digital? En este artículo intentamos encontrar algunas respuestas, a partir de una revisión de literatura especializada, y analizamos este caso clave desde una perspectiva de derechos: privacidad, consentimiento, acceso a la información y protección de datos personales.
Asimismo, conversamos con autoridades de SEDECO y realizamos un análisis normativo comparativo con otros países de la región.
Elaboración: Antonia Bogado