
En Paraguay, el uso de tecnologías de vigilancia biométrica se está expandiendo sin que la ciudadanía lo sepa, sin debates públicos y sin marcos legales que garanticen el respeto de nuestros derechos fundamentales. Las cámaras de reconocimiento facial ya están instaladas en calles, estadios de fútbol, oficinas públicas y edificios institucionales, captando datos sensibles de miles de personas todos los días. Pero, ¿quién controla esta tecnología? ¿Con qué criterios se activan estas cámaras? ¿Qué hacen las instituciones públicas con las imágenes y datos biométricos que recolectan?
Una nueva investigación de TEDIC —basada en solicitudes de acceso a la información pública, litigios estratégicos y análisis de documentos oficiales— expone una realidad alarmante: el Estado paraguayo viene implementado reconocimiento facial de forma opaca, sin regulación específica, desviando fondos públicos y vulnerando derechos básicos como la privacidad, la libertad de circulación y la presunción de inocencia.
¿Desde cuándo nos vigilan?
La implementación de cámaras de reconocimiento facial comenzó en 2018, cuando la Policía Nacional anunció la incorporación de 154 cámaras, de las cuales 44 contaban con esta tecnología1. Desde entonces, su uso se extendió a través de múltiples adquisiciones realizadas por el Ministerio del Interior, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), municipalidades y otras entidades públicas. En nuestra nueva investigación mencionamos cómo estas adquisiciones no solo fueron difíciles de rastrear por cómo se clasificaron las licitaciones, sino que en muchos casos se disfrazaron como compras de “equipos de oficina” o “educativos”, impidiendo así su monitoreo adecuado.

Fuente: Investigación “Con mi cara no: Implementación de cámaras de reconocimiento facial por el Estado paraguayo”. Disponible en: https://www.tedic.org/reconocimiento_facial_py/
¿Quién compró estas cámaras?
A partir del análisis de información pública y documentos oficiales logramos identificar que al menos 13 instituciones públicas reconocieron tener tecnología de reconocimiento facial, entre ellas:
- Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP)
- Dirección Nacional de Migraciones
- Gobernación de Itapúa
- Municipalidad de Paraguarí
- Cámara de Senadores
- Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)
Además, gobernaciones (Presidente Hayes, Boquerón, Caaguazú), el Ministerio de Hacienda, la SENAD, el Ministerio de Justicia y la Entidad Binacional Yacyretá también adquirieron cámaras que se conectan al Sistema 911.
Fondos públicos desviados
Uno de los hallazgos más alarmantes de esta investigación es el uso del Fondo de Servicios Universales (FSU) —administrado por CONATEL— para financiar tecnologías de videovigilancia, incluyendo reconocimiento facial. Este fondo fue creado con un propósito claro: garantizar el acceso universal a los servicios de telecomunicaciones, priorizando a comunidades rurales, indígenas y sectores históricamente excluidos del acceso a internet y telefonía.
Según la normativa nacional e internacional, los recursos del FSU deben destinarse a proyectos que promuevan la inclusión digital, la conectividad en escuelas, centros de salud y espacios públicos, el acceso asequible a dispositivos y servicios, y el fortalecimiento de capacidades digitales en comunidades vulnerables. Es decir, tiene una misión social, orientada al cierre de la brecha digital con enfoque en derechos. Sin embargo, entre 2011 y 2022, CONATEL adjudicó 27 licitaciones a través del FSU. A partir de 2016, se evidencia un cambio preocupante en la orientación de estos fondos: comenzaron a utilizarse para adquirir cámaras de videovigilancia, muchas de ellas con tecnología de reconocimiento facial, en vez de destinarse a garantizar el acceso a internet en zonas con baja o nula cobertura.
Este desvío no solo es contrario a la finalidad original del fondo, sino que fue realizado sin mecanismos de transparencia, consulta pública o evaluación de impacto, y sin cumplir con los estándares de derechos humanos que deberían guiar cualquier política tecnológica estatal. La situación fue advertida por TEDIC en 2018 y generó preocupación internacional: tanto la Alliance for Affordable Internet como Internet Society alertaron que esta práctica representa una violación al principio de uso adecuado de los fondos públicos, y sienta un precedente negativo en la región sobre cómo los gobiernos pueden utilizar fondos diseñados para garantizar derechos, para desplegar infraestructura de vigilancia. En términos concretos, lo que se observa es un uso discrecional y posiblemente indebido de recursos públicos, que en lugar de beneficiar a poblaciones vulnerables, termina ampliando las capacidades del Estado para vigilar, monitorear y perfilar a la ciudadanía sin regulación, sin rendición de cuentas y sin garantías.
Litigios estratégicos para exigir transparencia
Desde 2018, venimos impulsando litigios estratégicos contra el Estado paraguayo para exigir acceso a información pública sobre la implementación de estas tecnologías. En total, se iniciaron tres acciones judiciales:
- En 2018, un amparo contra el Ministerio del Interior fue rechazado bajo el argumento de «seguridad nacional», sin justificación legal concreta. Esta sentencia legitima la opacidad estatal y reproduce lógicas autoritarias propias del pasado dictatorial.
- En 2023, dos nuevos amparos buscaron nuevamente obtener información pública sobre el uso del reconocimiento facial. Ambos también enfrentaron negativas institucionales y judiciales.
Estos casos demuestran cómo la vigilancia estatal avanza al margen del Estado de derecho, sin rendición de cuentas y con una preocupante normalización del secreto.

Resultados mínimos con riesgos máximos
Los propios registros de la Policía Nacional contradicen la narrativa oficial que justifica estas tecnologías por su “eficacia en seguridad”. Entre 2019 y 2023, los sistemas de reconocimiento facial emitieron apenas 137 alertas en cuatro años, de las cuales solo una corresponde a 2023.
Frente a estos resultados marginales, el costo en derechos humanos es inmenso: vigilancia masiva, discriminación, falsos positivos, y la creación de un ecosistema digital que criminaliza la presencia en el espacio público.

Fuente: Investigación “Con mi cara no: Implementación de cámaras de reconocimiento facial por el Estado paraguayo”. Disponible en: https://www.tedic.org/reconocimiento_facial_py/
Un Estado sin ley de protección de datos
Paraguay aún no cuenta con una ley de protección de datos personales. Esto significa que no existe ningún marco legal que limite o controle cómo se recopilan, almacenan o procesan los datos biométricos de las personas.
A pesar de ello, el Congreso aprobó en 2024 la Ley de Violencia en el Deporte, que habilita el uso de reconocimiento facial en estadios de fútbol, sin garantías adecuadas de protección de derechos ni mecanismos de supervisión ciudadana. Lo hizo luego de que el Ministerio del Interior y la Asociación Paraguaya de Fútbol ya hubieran firmado convenios para instalar estas cámaras.
¿Qué proponemos desde TEDIC?
Frente a este escenario, nuestra investigación concluye con tres llamados urgentes:
- Suspender inmediatamente el uso de tecnologías de reconocimiento facial hasta que exista una ley de protección de datos personales robusta y con enfoque de derechos humanos.
- Investigar el uso indebido de fondos públicos, especialmente los provenientes del FSU, y sancionar su uso para vigilancia.
- Garantizar acceso público a la información sobre todos los contratos, convenios y licitaciones vinculadas al uso de vigilancia biométrica.
Porque tu cara no es un dato más. Es tu identidad. Es irremplazable. Y debe ser protegida. Podés descargar la investigación haciendo clic en este enlace. Además, podés sumarte a nuestras campañas #MisDatosMisDerechos y #ConMiCaraNo en redes sociales.
1Para mayor detalle visitar https://www.tedic.org/reconocimiento_facial_py/